Ranking of Audits 2015 | Source: Expansión
abril 7, 2016II Feria de empleo de la universidad de Málaga
junio 13, 2016En el año 2010 el Código Penal introdujo la posibilidad de que las personas jurídicas respondieran penalmente de los delitos cometidos por sus directivos o empleados. La regulación se ha mejorado y completado en la reciente reforma del Código Penal del año 2015, que, entre otras cosas, concreta los requisitos del modelo de prevención y control que las empresas han de haber implantado si pretenden eximirse de responsabilidad penal.
Resultado de esta regulación, y atendiendo a la interpretación que de la misma realiza la Fiscalía General del Estado en sendas Circulares, y la recientísima Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de febrero de 2016 que, por vez primera, establece la responsabilidad penal de personas jurídicas, se concluye que es imprescindible que las compañías cuenten con eficaces mecanismos de control. Dichos mecanismos, serán eficaces si han sido elaborados previo análisis de riesgos, atendiendo a las concretas circunstancias y procesos de la empresa y particularidades del sector de actividad, que sea adecuadamente actualizado y que disponga de todos los contenidos suficientes para que resulte idóneo para eximir de responsabilidad a la empresa. Compliance Penal.
Se ha desarrollado una herramienta – Cumplimiento Legal (CUMPLISOFT) – para la elaboración de los modelos y protocolos que han de ser implantados en las empresas, y pone a su disposición la solvencia y experiencia de sus profesionales en el área jurídica, empresarial y de auditoría para prestar un servicio que no sólo va a reportar a la compañía la tranquilidad del cumplimiento legal, sino que permitirá a su órgano de administración revisar los procedimientos internos y establecer los mecanismos más idóneos, tanto éticos, como jurídicos y económicos.